📝 Con testamento válido

Sucesión
Testamentaria

Cuando una persona fallece habiendo otorgado testamento, sus bienes se distribuyen conforme a su voluntad expresa — dentro de los límites que establece la ley. Tramitamos la apertura, validación y ejecución del testamento protegiendo los derechos de todos los herederos.

🔒 Primera consulta sin cargo · Confidencialidad garantizada · Matriculados CPACF

¿Qué es?

La sucesión con testamento

La sucesión testamentaria es el proceso judicial mediante el cual se valida la voluntad expresada por el causante en su testamento y se transfieren los bienes a quienes él designó como beneficiarios — respetando siempre los límites que la ley impone para proteger a los herederos forzosos.

El testamento no puede disponer libremente de la totalidad del patrimonio. El Código Civil y Comercial reserva una porción llamada legítima hereditaria para los herederos forzosos (descendientes, ascendientes y cónyuge), que no puede ser vulnerada por ningún testamento. Solo la porción disponible puede ser asignada libremente por el testador.

Nuestro estudio interviene en la totalidad del proceso: desde la apertura y protocolización del testamento hasta la adjudicación final de los bienes, velando por el cumplimiento fiel de la voluntad del causante y la defensa de los derechos de cada heredero.

⚠️

Dato importante: testamento parcial

Si en el testamento no se dispone de la totalidad de los bienes que tenía el causante al momento de su fallecimiento, por el resto de los bienes no contemplados en el testamento se deberá realizar una sucesión ab-intestato, y esos bienes se distribuirán conforme al orden hereditario establecido por la ley general.

En estos casos tramitamos ambos procesos en forma coordinada para resolver la totalidad del patrimonio del causante.

Ver sucesión ab-intestato →

La legítima hereditaria

Descendientes 2/3 del patrimonio
Ascendientes 1/2 del patrimonio
Cónyuge 1/2 del patrimonio

La porción restante es de libre disposición del testador.

Formas válidas

Tipos de testamento reconocidos por la ley

No todo documento que exprese una voluntad es un testamento válido. La ley reconoce formas específicas, y el incumplimiento de las formalidades puede derivar en la nulidad del testamento.

✍️

Testamento ológrafo

Escrito íntegramente a mano por el testador, con fecha y firma. No requiere intervención notarial pero debe ser protocolizado judicialmente antes de ejecutarse.

🏛️

Testamento por acto público

Otorgado ante escribano público con testigos. Es el de mayor seguridad jurídica ya que queda protocolizado desde el inicio en el registro notarial.

El más frecuente

Paso a paso

¿Cómo se tramita una sucesión testamentaria?

El proceso varía según el tipo de testamento, pero en todos los casos se requiere intervención judicial para su validación y ejecución.

01

Consulta inicial y evaluación del testamento

Analizamos el testamento para verificar su validez formal, identificar a los beneficiarios designados, determinar si respeta las legítimas hereditarias y detectar si hay bienes no contemplados que requieran una sucesión ab-intestato complementaria.

02

Apertura y protocolización del testamento

Si el testamento es ológrafo o cerrado, debe ser presentado ante el juzgado para su apertura formal. El juez verifica la autenticidad de la firma y la escritura. Una vez aprobado, se protocoliza ante escribano público para darle plena validez legal.

03

Publicación de edictos y oficios obligatorios

Al igual que en toda sucesión, se publican edictos en el Boletín Oficial y se ofician el CPACF, el Colegio de Escribanos y el Registro de Juicios Universales para verificar la existencia de otros testamentos o procesos sucesorios.

04

Aprobación judicial del testamento

El juez dicta resolución aprobando el testamento y reconociendo a los herederos y legatarios designados. Esta resolución es el equivalente a la declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato y habilita la posterior transmisión de los bienes.

05

Ejecución de mandas y legados

Se ejecutan los legados específicos dispuestos en el testamento (bienes singulares dejados a personas determinadas). Si algún legatario no puede o no quiere recibir el legado, determinamos el destino de esa porción conforme a la ley.

06

Inventario, partición y adjudicación

Se inventarían los bienes del causante, se verifica que la distribución testamentaria respete las legítimas y se adjudican los bienes a cada beneficiario. Si hay bienes no contemplados en el testamento, se tramita la sucesión ab-intestato complementaria en paralelo.

07

Inscripción de bienes

Gestionamos los oficios al Registro de la Propiedad Inmueble, DNRPA y demás organismos para transferir los bienes a nombre de los herederos y legatarios designados.

Situaciones complejas

¿Qué pasa si el testamento es impugnado?

Un testamento puede ser impugnado por distintas razones: vicios formales (no cumple los requisitos legales), incapacidad del testador al momento de otorgarlo, existencia de vicios del consentimiento (error, dolo, violencia) o vulneración de la legítima hereditaria.

En estos casos representamos tanto a quienes defienden la validez del testamento como a quienes lo impugnan. La experiencia en litigios sucesorios complejos nos permite anticipar los argumentos de la contraparte y construir una estrategia sólida desde el inicio.

La acción de reducción es el mecanismo legal para reclamar cuando el testamento vulnera la legítima: permite reducir las disposiciones testamentarias hasta restablecer la porción que corresponde por ley a cada heredero forzoso.

Causas frecuentes de impugnación

📋
Vicios formales

Testamento ológrafo no escrito íntegramente a mano, sin fecha o sin firma válida.

🧠
Incapacidad del testador

El testador carecía de lucidez o capacidad mental al momento de otorgar el testamento.

⚖️
Vulneración de la legítima

El testamento asigna a terceros bienes que corresponden por ley a los herederos forzosos.

🚫
Captación de la voluntad

El testamento fue obtenido mediante presión, engaño o influencia indebida sobre el testador.

Transparencia total

Gastos inherentes a toda sucesión

Con independencia de los honorarios profesionales, toda sucesión — incluyendo la testamentaria — conlleva gastos procesales obligatorios establecidos por ley.

📰
Publicación de edictos

Publicación obligatoria en el Boletín Oficial durante tres días hábiles.

📋
Oficios al CPACF y Colegio de Escribanos

Para verificar la existencia de otros testamentos otorgados por el causante.

🗂
Registro de Juicios Universales

Informe para verificar si existe otro proceso sucesorio iniciado sobre el mismo causante.

⚖️
Tasa de justicia

Tributo obligatorio calculado sobre el valor del acervo hereditario declarado.

🏠
Informes del Registro de la Propiedad

Obligatorios si hay bienes inmuebles. Se abonan por cada bien registrado.

📜
Protocolización notarial

Los testamentos ológrafo y cerrado requieren protocolización ante escribano público, con el arancel correspondiente.

Honorarios

Transparencia desde el primer día

🔒

Nuestra garantía: nunca cobraremos más de lo acordado

Al iniciar el proceso firmamos un convenio de honorarios que establece el monto total por escrito. Ese número no cambia bajo ninguna circunstancia — aunque el expediente se complejice, aparezcan nuevos herederos o el proceso se extienda más de lo previsto. El convenio es un compromiso legal de nuestra parte con usted.

📋

Convenio de Honorarios

La modalidad habitual en sucesiones testamentarias

Recomendado

Acordamos los honorarios totales desde el inicio. El pago puede realizarse de una sola vez al comenzar — que es la opción más económica — o distribuirse en cuotas vinculadas a hitos del expediente.

  • Monto total acordado y fijo desde el inicio
  • Sin sorpresas ni incrementos durante el proceso
  • Opción de pago en cuotas según avance del expediente
  • La forma más económica de contratación
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🏠

Honorarios a resultado

Menos frecuente en sucesiones testamentarias

En casos donde la sucesión testamentaria incluye bienes inmuebles que serán vendidos, podemos analizar la posibilidad de honorarios pactados como porcentaje sobre la venta. Sin embargo, esta modalidad es menos habitual en testamentarias que en las ab-intestato, ya que el perfil de cada caso varía significativamente.

  • Sin desembolso inicial para los herederos
  • El estudio anticipa todos los gastos procesales
  • Honorarios más elevados que el convenio tradicional
  • Solo viable si hay inmuebles a vender
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💬

¿Necesita otro tipo de plan de pagos? Consúltenos. Analizamos cada situación en particular y buscamos la mejor solución para su caso. Escribanos por WhatsApp →

El equipo

Abogados especializados en sucesiones

A

Dra. Almendras González

Abogado · Matrícula CPACF

Más de 15 años de trayectoria en el fuero civil de CABA. Especialista en sucesiones testamentarias complejas: impugnaciones, acciones de reducción por vulneración de legítima y ejecución de testamentos con legados específicos o cláusulas de interpretación controvertida.

S

Dr. Santibáñez

Abogado · Matrícula CPACF

Especializado en particiones complejas y ejecución patrimonial en sucesiones testamentarias con múltiples legatarios, bienes en distintas jurisdicciones o situaciones donde coexisten sucesión testamentaria y ab-intestato sobre el mismo causante.

Nuestro compromiso

🔒
Honorarios fijos desde el inicio

Nunca cobraremos más de lo acordado. El convenio es un compromiso legal.

⚖️
Defensa de todos los herederos

Velamos por el cumplimiento de la voluntad del causante y la protección de las legítimas.

📞
Comunicación directa

Acceso directo al abogado a cargo de su caso, sin intermediarios.

¿Qué necesito?

Documentación para iniciar

Del causante

  • Acta de defunción original o testimonio
  • DNI del fallecido (si se conserva)
  • Último domicilio acreditado
  • Acta de matrimonio (si era casado)

El testamento

  • Testamento ológrafo original (escrito a mano)
  • Testimonio notarial si es testamento por acto público
  • Sobre cerrado si es testamento cerrado
  • Cualquier copia o referencia de su existencia

De los herederos y legatarios

  • DNI de todos los beneficiarios
  • Actas de nacimiento que acrediten el vínculo
  • Datos de todos los nombrados en el testamento

De los bienes

  • Escrituras de inmuebles
  • Títulos de automotores
  • CBU y datos de cuentas bancarias
  • Documentación de otros bienes
ℹ️

No es necesario tener toda la documentación para iniciar la consulta. En muchos casos ayudamos a obtener documentación extraviada y a localizar testamentos de cuya existencia los herederos no tenían certeza.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la sucesión testamentaria

¿Un testamento puede desheredar a los hijos?

No completamente. Los descendientes son herederos forzosos y tienen derecho a la legítima (2/3 del patrimonio), que el testamento no puede vulnerar. El testador solo puede disponer libremente del tercio restante. Si el testamento ignora esta porción, los herederos pueden iniciar una acción de reducción.

¿Qué pasa si el testamento tiene errores o está mal redactado?

Los errores formales pueden derivar en la nulidad parcial o total del testamento. Sin embargo, antes de declarar la nulidad, el juez intenta interpretar la voluntad real del testador. En estos casos la intervención de un abogado especializado es fundamental para defender o impugnar la interpretación que más favorezca a su cliente.

¿El testamento más reciente reemplaza a los anteriores?

Sí. En principio, el último testamento válido revoca automáticamente los anteriores en todo lo que sea incompatible. Por eso es fundamental verificar en el CPACF y el Colegio de Escribanos si el causante otorgó más de un testamento a lo largo de su vida.

¿Qué es un legado y cómo se diferencia de la herencia?

Un legado es la asignación de un bien específico a una persona determinada (por ejemplo: "dejo mi departamento de la calle X a mi sobrino Y"). La herencia es la transmisión de una porción o la totalidad del patrimonio a los herederos. El legatario recibe solo lo que se le legó; el heredero responde también por las deudas del causante hasta el valor de lo recibido.

¿Cuánto demora una sucesión testamentaria?

Una sucesión testamentaria sin conflictos suele tomar entre 10 y 18 meses. Si el testamento es impugnado o hay disputas entre herederos y legatarios, el proceso puede extenderse considerablemente. La protocolización del testamento ológrafo agrega una etapa previa que no existe en otros tipos.

¿Qué pasa si hay bienes que el testamento no menciona?

Los bienes no contemplados en el testamento no desaparecen: se distribuyen conforme al orden hereditario legal, mediante una sucesión ab-intestato complementaria. Ambos procesos pueden tramitarse en forma coordinada dentro del mismo expediente o en expedientes separados según convenga.

¿Puede un heredero renunciar a la herencia testamentaria?

Sí. Cualquier heredero puede renunciar a la herencia, incluso si fue designado en el testamento. La renuncia debe ser expresa y realizarse ante el juzgado que interviene en el proceso sucesorio. La porción renunciada acrece a los demás herederos o se redistribuye según lo disponga el propio testamento.

¿Puedo iniciar la sucesión si no encuentro el testamento original?

Depende del tipo de testamento. Si era por acto público, el original queda en el protocolo del escribano y puede obtenerse copia. Si era ológrafo y no se encuentra el original, la situación es más compleja y puede requerir tramitar la sucesión como ab-intestato. Lo analizamos en la consulta inicial.

¿Necesita tramitar una sucesión testamentaria?

Primera consulta gratuita y sin compromiso. Analizamos el testamento, le explicamos el proceso completo y los honorarios con total transparencia.

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