💼 La opción más económica

Sucesión ab-intestato
Convenio de Honorarios

Acordamos los honorarios totales desde el inicio del proceso, por escrito y con total transparencia. Usted sabe exactamente cuánto va a pagar desde el primer día. Sin sorpresas, sin costos adicionales de honorarios.

Honorarios totales acordados por escrito desde el inicio
Opción de pago en hasta tres cuotas vinculadas al proceso
La modalidad más económica para tramitar su sucesión
Nunca cobraremos más de lo acordado desde el inicio

🔒 Primera consulta sin cargo · Sin compromiso · Matriculados CPACF

🔒

Nuestra garantía de transparencia

Al firmar el convenio de honorarios, el monto total queda fijado por escrito. Nunca cobraremos un peso más de lo acordado en ese documento, independientemente de la complejidad que pueda presentar el expediente en el transcurso del proceso. El convenio de honorarios es un compromiso legal de nuestra parte con usted.

Formas de pago

Dos opciones dentro del convenio

Dentro de la modalidad de Convenio de Honorarios, ofrecemos dos opciones de pago para adaptarnos a su situación.

Más económico

Pago único al inicio

Honorarios abonados en su totalidad al comenzar el proceso

Se abona el honorario total acordado al momento de iniciar el expediente. Es la forma más económica de contratación ya que implica un descuento sobre la tarifa base de honorarios.

  • Honorario más reducido del convenio
  • Un único pago, sin seguimiento administrativo
  • Certeza total del costo desde el día uno
  • Ideal si los herederos cuentan con liquidez inicial
Consultar este plan →
📅

Pago en tres cuotas

Honorarios distribuidos en tres momentos del proceso

Los honorarios se distribuyen en tres pagos iguales, cada uno vinculado a una etapa concreta del expediente. De esta forma el pago se escala a medida que el proceso avanza y genera resultados concretos.

  • Sin desembolso inicial elevado
  • Pagos vinculados a hitos reales del proceso
  • Monto total fijo — nunca varía
  • Ideal para distribuir el costo en el tiempo
Consultar este plan →

¿Cuándo se paga cada cuota?

Al inicio del proceso

Al momento de firmar el convenio e iniciar el expediente judicial.

A la Declaratoria de Herederos

Cuando el juez dicta la resolución que reconoce oficialmente a los herederos. Es el hito más importante del proceso.

A la inscripción de los bienes

Cuando están listos los oficios de inscripción de los bienes a nombre de los herederos. El proceso está prácticamente finalizado.

💬

¿Necesita otro tipo de plan de pagos? Consúltenos. Analizamos cada caso en particular y buscamos la mejor solución para su situación. Escribanos por WhatsApp →

El proceso

¿Cómo se desarrolla la sucesión?

01

Consulta inicial y firma del convenio

Analizamos el acervo hereditario, determinamos los honorarios totales y firmamos el convenio por escrito. A partir de aquí el monto queda fijo e inamovible.

02

Iniciación del expediente judicial

Presentamos la demanda sucesoria ante el juzgado civil competente del último domicilio del causante, con toda la documentación requerida.

03

Publicación de edictos y oficios

Se publican los edictos en el Boletín Oficial y se ofician el CPACF, el Colegio de Escribanos y el Registro de Juicios Universales. Estos gastos son abonados por los herederos según se van generando.

04

Declaratoria de herederos

El juez dicta la declaratoria que reconoce a los herederos. En el plan de tres cuotas, aquí se abona el segundo pago.

05

Partición y adjudicación de bienes

Se divide el patrimonio entre los herederos. Si hay inmuebles, se abonan los informes registrales correspondientes (arancelados) y la tasa de justicia.

06

Inscripción de bienes y cierre

Gestionamos todos los oficios para inscribir los bienes a nombre de los herederos. En el plan de tres cuotas, aquí se abona el tercer y último pago.

Gastos procesales

Costos inherentes a toda sucesión

Independientemente de los honorarios profesionales, toda sucesión conlleva gastos procesales obligatorios establecidos por ley que son abonados por los herederos a medida que se generan.

📰
Publicación de edictos

Publicación en el Boletín Oficial durante tres días hábiles. Obligatorio en toda sucesión.

📋
Oficios al CPACF y Colegio de Escribanos

Para verificar la posible existencia de testamentos otorgados por el causante.

🗂
Registro de Juicios Universales

Informe para verificar la existencia de otros procesos sucesorios sobre el mismo causante.

Tasa de justicia

Tributo obligatorio calculado sobre el valor del acervo hereditario declarado.

🏠
Informes de Registro de la Propiedad

Obligatorios si hay bienes inmuebles. Son arancelados y se abonan por cada bien.

💡
¿Quiere evitar estos gastos iniciales?

En la modalidad Pague al Finalizar, el estudio anticipa todos los gastos del proceso.

Ver modalidad alternativa →

¿Qué necesito?

Documentación para iniciar

Del causante

  • Acta de defunción original o testimonio
  • DNI del fallecido (si se conserva)
  • Último domicilio acreditado
  • Acta de matrimonio (si era casado)

De los herederos

  • DNI de todos los herederos
  • Actas de nacimiento que acrediten el vínculo
  • Acta de matrimonio del cónyuge supérstite
  • Sentencia de divorcio si corresponde

De los bienes

  • Escrituras de inmuebles
  • Títulos de automotores
  • CBU y datos de cuentas bancarias
  • Documentación de otros bienes
ℹ️

No es necesario tener toda la documentación para iniciar la consulta. En muchos casos ayudamos a obtener documentación extraviada o desconocida por los herederos.

Quiénes somos

Amplia experiencia en derecho sucesorio

A

Dra. Almendras González

Abogado · Matrícula CPACF

Más de 15 años de trayectoria en el fuero civil de CABA. Especialista en sucesiones con múltiples herederos, bienes en distintas jurisdicciones y casos de complejidad patrimonial elevada.

S

Dr. Santibáñez

Abogado · Matrícula CPACF

Especializado en particiones complejas, liquidación de sociedades conyugales y administración de masas hereditarias con deudas o gravámenes. Referente en la intersección entre derecho sucesorio y societario.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el convenio de honorarios

¿Qué pasa si el caso se complica y lleva más trabajo del previsto?

El convenio de honorarios es vinculante para ambas partes. Si el proceso se complejiza, los honorarios no varían. Ese es precisamente el beneficio del convenio: usted paga lo acordado sin importar lo que suceda en el expediente.

¿El convenio de honorarios incluye los gastos procesales?

No. Los honorarios profesionales y los gastos procesales son conceptos separados. Los gastos procesales (edictos, oficios, tasa de justicia, informes registrales) son abonados por los herederos a medida que se van generando, con aviso previo.

¿Puedo cambiar de la cuota única al plan en tres cuotas?

Esto se define al momento de firmar el convenio. En la consulta inicial analizamos su situación y le recomendamos la opción más conveniente. Una vez firmado el convenio, las condiciones son las acordadas.

¿Qué pasa si la sucesión tarda mucho en resolverse?

Los honorarios no generan intereses ni recargos por el paso del tiempo. El plazo del proceso no afecta el monto total acordado. En el plan de tres cuotas, cada pago se activa cuando se alcanza el hito correspondiente, no en una fecha fija.

¿Puedo iniciar si soy el único heredero?

Sí. La sucesión puede iniciarse con uno o múltiples herederos. Si usted es el único heredero, el proceso es más ágil ya que no hay necesidad de coordinación entre partes.

¿Necesito otro tipo de plan? ¿Puedo consultarlo?

Absolutamente. Cada familia tiene una situación diferente. Si ninguna de las dos opciones se ajusta perfectamente a sus posibilidades, consúltenos y buscamos juntos una solución. Escribanos por WhatsApp y lo analizamos sin cargo.

Honorarios claros desde el primer día

Consulte sin cargo y le explicamos el proceso completo y el costo total de su sucesión sin compromisos.

⚖ Matriculados CPACF 🔒 100% confidencial 💬 Respuesta Inmediata hs ✓ Sin cargo inicial

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