🌍 Derecho de Familia Internacional

Divorcio de matrimonio
celebrado en el extranjero

Si se casaron fuera de Argentina y quieren divorciarse aquí, es completamente posible. El Código Civil argentino permite que los jueces locales entiendan en el divorcio cuando al menos uno de los cónyuges tiene domicilio en Argentina.

No es necesario volver al país donde se casaron
Tramitamos con Apostille de cualquier país
Coordinamos la traducción pública oficial
Proceso válido aunque el otro cónyuge viva en el exterior

🔒 Primera consulta sin cargo · Confidencialidad garantizada · Matriculados CPACF

Consulta gratuita

Le respondemos en menos de 24 hs hábiles

Sus datos son estrictamente confidenciales

Requisitos documentales

¿Qué documentación se necesita?

El requisito central es acreditar que el matrimonio existe y es válido. El acta extranjera debe autenticarse y, si no está en español, traducirse oficialmente.

01

Apostille o legalización del acta de matrimonio

Todo documento público extranjero necesita autenticación para tener validez en Argentina. Existen dos vías según el país de origen:

Apostille de La Haya

Si el país adhirió al Convenio de La Haya de 1961 (España, Italia, EE.UU., Brasil, México, Chile y la mayoría de Europa y América), basta con obtener el sello de Apostille sobre el acta. Lo otorga la autoridad competente del país emisor. No requiere intervención consular argentina.

Legalización consular

Si el país no adhirió al Convenio, el documento pasa por una cadena: Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen → Consulado argentino en ese país → Cancillería argentina en Buenos Aires.

02

Traducción al español por Traductor Público matriculado

Si el acta está en otro idioma, debe ser traducida por un Traductor Público Nacional matriculado en Argentina. No es válida cualquier traducción: debe ser una traducción pública oficial con firma y sello del traductor habilitado por el Colegio de Traductores Públicos.

⚠️
Orden obligatorio: siempre primero el Apostille, después la traducción. Si se invierte el orden, el Apostille queda fuera del texto traducido y el juez puede rechazar el documento.
03

Acreditación del domicilio en Argentina

Para que el juez argentino tenga competencia, al menos uno de los cónyuges debe tener domicilio real en Argentina al momento de iniciar el divorcio. Se acredita con DNI actualizado, constancias de AFIP, servicios a nombre o contrato de alquiler.

Si ambos cónyuges viven en el exterior pero uno tiene domicilio acreditado aquí, igualmente puede tramitarse el divorcio con representación letrada.

04

Inscripción en el Registro Civil argentino

En algunos casos el juez puede requerir —o conviene hacerlo previamente— inscribir el matrimonio extranjero en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. No siempre es obligatorio para iniciar el divorcio, pero puede facilitar el trámite. Nuestro estudio evalúa si esta inscripción previa resulta conveniente en cada caso.

Paso a paso

¿Cómo es el proceso?

Con la documentación en orden, el proceso judicial es idéntico al de un divorcio local. Desde 2015 el divorcio en Argentina es incausado: no hace falta alegar ni probar ninguna causal.

01

Reunir y verificar la documentación

Apostille + traducción pública + DNI argentino de al menos uno de los cónyuges. En la primera consulta gratuita verificamos qué tienen y qué falta.

02

Presentación del escrito de divorcio

Conjunto (mutuo acuerdo) o unilateral. Si hay bienes o hijos menores, incluye la propuesta de convenio regulador.

03

Notificación al cónyuge (si es unilateral)

Si el otro cónyuge vive en el exterior, la notificación se realiza mediante exhorto internacional a través del consulado argentino en su país de residencia.

04

Sentencia de divorcio

Una vez firme, el divorcio se inscribe en el Registro Civil. Para que tenga efectos en el extranjero puede requerirse un nuevo Apostille sobre la sentencia argentina.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el divorcio de matrimonio extranjero

¿Necesito viajar al país donde me casé para obtener el Apostille?

No necesariamente. Muchos países permiten gestionarlo a través de su consulado en Argentina o mediante un apoderado en el país de origen. En algunos casos existe también la opción por correo o vía electrónica. Le orientamos sobre las opciones disponibles para cada país en particular.

¿Puedo iniciar el divorcio si mi cónyuge vive en el extranjero?

Sí. Si usted tiene domicilio en Argentina puede iniciar el divorcio unilateralmente. Su cónyuge en el exterior será notificado mediante exhorto internacional. El proceso tarda algo más que un divorcio local por las notificaciones internacionales, pero es completamente viable.

¿El divorcio en Argentina vale en el país donde me casé?

Generalmente sí, pero cada país tiene sus propias reglas. Para que la sentencia argentina valga en otro país suele requerirse un proceso de exequátur (reconocimiento judicial de sentencia extranjera), frecuentemente acompañado de un nuevo Apostille sobre la sentencia argentina.

¿Qué pasa si no tengo el acta de matrimonio original?

Es posible obtener un certificado de matrimonio del registro civil del país donde se celebró. Ese nuevo certificado es el que debe apostillarse. No es necesario el documento físico original que recibieron el día del casamiento.

¿Cuánto tarda obtener el Apostille en el extranjero?

Depende del país. En España: 1 a 3 días hábiles (online disponible). En Italia: 5 a 15 días. En EE.UU.: entre 3 días y 3 semanas según el estado. En México: entre 3 y 20 días según el estado. Recomendamos iniciarlo cuanto antes para no demorar el proceso judicial.

¿Cuánto cuesta el divorcio de un matrimonio extranjero?

Los honorarios profesionales son similares a los de un divorcio local. La diferencia de costo está en la documentación previa: el Apostille y la traducción tienen aranceles propios que varían según el país y el idioma. En la primera consulta gratuita damos un presupuesto completo y detallado.

¿Tienen la documentación lista o necesitan orientación para obtenerla?

En la primera consulta gratuita revisamos su caso, verificamos la documentación que tienen y les indicamos exactamente los pasos a seguir.

⚖ Matriculados CPACF 🔒 100% confidencial 💬 Respuesta inmediata ✓ Sin cargo inicial

Contacto

Primera consulta
sin costo

Cuentenos su situación. Nuestros abogados analizarán su caso y le explicarán claramente las opciones legales disponibles, sin compromisos.

📞
Teléfono / WhatsApp
+54 9 11 5936-0995
Teléfono / WhatsApp
+54 9 11 4168-9773
🕐
Horario de atención WhatsApp
Todos los dias, 24/7
🕐
Horario de atención
Lunes a Viernes, 9 a 18 hs
📍
Sede
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Al enviar será redirigido a WhatsApp con su consulta precargada. Sus datos son confidenciales y no serán compartidos con terceros.

Consulta gratis