Si se casaron fuera de Argentina y quieren divorciarse aquí, es completamente posible. El Código Civil argentino permite que los jueces locales entiendan en el divorcio cuando al menos uno de los cónyuges tiene domicilio en Argentina.
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Requisitos documentales
El requisito central es acreditar que el matrimonio existe y es válido. El acta extranjera debe autenticarse y, si no está en español, traducirse oficialmente.
Todo documento público extranjero necesita autenticación para tener validez en Argentina. Existen dos vías según el país de origen:
Si el país adhirió al Convenio de La Haya de 1961 (España, Italia, EE.UU., Brasil, México, Chile y la mayoría de Europa y América), basta con obtener el sello de Apostille sobre el acta. Lo otorga la autoridad competente del país emisor. No requiere intervención consular argentina.
Si el país no adhirió al Convenio, el documento pasa por una cadena: Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen → Consulado argentino en ese país → Cancillería argentina en Buenos Aires.
Si el acta está en otro idioma, debe ser traducida por un Traductor Público Nacional matriculado en Argentina. No es válida cualquier traducción: debe ser una traducción pública oficial con firma y sello del traductor habilitado por el Colegio de Traductores Públicos.
Para que el juez argentino tenga competencia, al menos uno de los cónyuges debe tener domicilio real en Argentina al momento de iniciar el divorcio. Se acredita con DNI actualizado, constancias de AFIP, servicios a nombre o contrato de alquiler.
Si ambos cónyuges viven en el exterior pero uno tiene domicilio acreditado aquí, igualmente puede tramitarse el divorcio con representación letrada.
En algunos casos el juez puede requerir —o conviene hacerlo previamente— inscribir el matrimonio extranjero en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. No siempre es obligatorio para iniciar el divorcio, pero puede facilitar el trámite. Nuestro estudio evalúa si esta inscripción previa resulta conveniente en cada caso.
Paso a paso
Con la documentación en orden, el proceso judicial es idéntico al de un divorcio local. Desde 2015 el divorcio en Argentina es incausado: no hace falta alegar ni probar ninguna causal.
Apostille + traducción pública + DNI argentino de al menos uno de los cónyuges. En la primera consulta gratuita verificamos qué tienen y qué falta.
Conjunto (mutuo acuerdo) o unilateral. Si hay bienes o hijos menores, incluye la propuesta de convenio regulador.
Si el otro cónyuge vive en el exterior, la notificación se realiza mediante exhorto internacional a través del consulado argentino en su país de residencia.
Una vez firme, el divorcio se inscribe en el Registro Civil. Para que tenga efectos en el extranjero puede requerirse un nuevo Apostille sobre la sentencia argentina.
Preguntas frecuentes
No necesariamente. Muchos países permiten gestionarlo a través de su consulado en Argentina o mediante un apoderado en el país de origen. En algunos casos existe también la opción por correo o vía electrónica. Le orientamos sobre las opciones disponibles para cada país en particular.
Sí. Si usted tiene domicilio en Argentina puede iniciar el divorcio unilateralmente. Su cónyuge en el exterior será notificado mediante exhorto internacional. El proceso tarda algo más que un divorcio local por las notificaciones internacionales, pero es completamente viable.
Generalmente sí, pero cada país tiene sus propias reglas. Para que la sentencia argentina valga en otro país suele requerirse un proceso de exequátur (reconocimiento judicial de sentencia extranjera), frecuentemente acompañado de un nuevo Apostille sobre la sentencia argentina.
Es posible obtener un certificado de matrimonio del registro civil del país donde se celebró. Ese nuevo certificado es el que debe apostillarse. No es necesario el documento físico original que recibieron el día del casamiento.
Depende del país. En España: 1 a 3 días hábiles (online disponible). En Italia: 5 a 15 días. En EE.UU.: entre 3 días y 3 semanas según el estado. En México: entre 3 y 20 días según el estado. Recomendamos iniciarlo cuanto antes para no demorar el proceso judicial.
Los honorarios profesionales son similares a los de un divorcio local. La diferencia de costo está en la documentación previa: el Apostille y la traducción tienen aranceles propios que varían según el país y el idioma. En la primera consulta gratuita damos un presupuesto completo y detallado.
En la primera consulta gratuita revisamos su caso, verificamos la documentación que tienen y les indicamos exactamente los pasos a seguir.
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